TSJ prohibió convocar y realizar actos que alteren el orden público

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El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) prohibió mediante una sentencia, convocar y realizar “actos que alteren el orden público, instigaciones contra autoridades y Poderes Públicos”.

De acuerdo a la decisión de la Sala Constitucional del Poder Judicial también rechazó aquellas actuaciones al margen de los derechos constitucionales y del orden jurídico.

Más temprano, el máximo tribunal del país había admitido el recurso interpuesto por el Procurador General contra la Asamblea Nacional (AN), por su presunta violación a la Constitución al intentar hacer un “juicio político” al presidente Maduro.

Foto Archivo ENPaís

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