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¡Cuatro años bastan! De elecciones a imposiciones
Desde hace veinticinco años trabajo en la Universidad de Los Andes, ULA, Núcleo Universitario «Rafael Rangel» (NURR) de Trujillo y trato de leer con mis estudiantes la Literatura Americana. La expresión americana como diría José Lezama Lima. Leer es mirar el paisaje humano, interpretarlo para comprenderlo. He hecho, entre otras cosas, como muchos otros, una maestría y un doctorado con el propósito de aumentar la capacidad personal y seguir entregando búsquedas, encuentros y desencuentros. La búsqueda del saber a la que se refiere la Ley de Universidades oriunda de 1970, idealizando la universidad como «una comunidad de intereses espirituales».
En esa búsqueda andamos muchos y creo que no somos una minoría peregrina como acusaría el señor rector Mario Bonucci. La universidad como élite fluctúa en la historia venezolana mientras que la burocracia poco sabia y de carente ética la conduce a prácticas cotidianas un tanto vergonzosas donde la popularidad de una «autoridad» se mide menos que por su condición de «docto». Componendas y reglamentos compiten para que la academia esté subordinada a los grupos que ostentan el poder. Se han dado pasos agigantados hacia atrás, una especie de retroceso cultural que la convierte en un vericueto ideológico para oponerse al gobierno. Abandonó la crítica pensada para abrirle las puertas a los odios pueriles de una sociedad fragmentada. Cinismo universitario podría ser el nombre de la opereta cuyos personajes resultan fichas para lo que llaman «la transición». Se ponen de acuerdo para elaborar el guión y asignarse máscaras y roles. Con mucho sigilo y audacia escogen los instrumentos. El momento está servido. Veamos algunos antecedentes, podemos recordar para hacer un tanto inteligible el asunto que nos lleva a escribir estas líneas.
1.- Un grupo de profesores de la ULA en el año 2012 impugnan ante la Sala Electoral del TSJ el proceso donde se elegirían las autoridades universitarias por ser esta convocatoria violatoria de derechos progresivos adquiridos en la Ley Orgánica de Educación (2009) donde se dispone la participación de toda la comunidad universitaria, incluyendo personal administrativo y Obrero, además de profesores instructores y jubilados. La apelación que hace la ULA a través de la Consultoría Jurídica es negada por esta Sala y ordena aplicar mediante medida cautelar de fecha 05 de noviembre, como lo hace con otras universidades, la suspensión de elecciones que fueran en contra de la Ley Orgánica de Educación en su artículo 34 numeral 3°. Además, la universidad debió elaborar un nuevo reglamento electoral. Nombró una comisión y han tardado, cuando tenían sesenta días para hacerlo, cuatro años, mostrando así su INCAPACIDAD para reconocer derechos constitucionales y legales adquiridos, derechos que, independientemente de racismos y élites, ampliarían la participación en la «comunidad de intereses espirituales».
2.- La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia hizo el avocamiento de todos los expedientes referidos al tema electoral universitario el 05 de abril del 2013. Para ese entonces, el Rector de la Universidad de los Andes, elegido para el período 2008-2012, expresaba en nota de prensa que debe haber elecciones conforme a lo que dice el artículo 109 de la Constitución Nacional y la Ley de Universidades vigente: «No negamos la participación de nadie, pero esto se logra precisamente participando en los grandes procesos de toma de decisión, que se podrá crear creando un Consejo Administrativo en donde estén representados todos los sectores» (NE/Prensa ULA/CNP 18728). Luego cambian de discurso, fácil para ellos, y destacan que el TSJ no deja a la universidad hacer elecciones. Tienen más de tres años en esto. Violan la Constitución, la Ley Orgánica de Educación que sólo nombran cuando les conviene y, violan la Ley de Universidades vigente.
3.- Hicieron aparecer el avocamiento de la Sala Constitucional como una suspensión de las elecciones. Incorporamos acá, para su mejor comprensión, un párrafo extraído del Expediente N° 11-1459 del 31 de mayo de 2012 de la Sala Constitucional, donde se aclara la diferencia entre «avocar» y «Abocar» que, no es lo mismo ni se escribe igual: «Consecuentemente, esta Sala Constitucional, con el presente análisis, pretende dejar en claro dentro de la curia jurídica, el modo correcto de utilización de estas palabras. Siendo que cuando se use «abocar», como el proceso de pensar y conocer una causa o de ponerse de acuerdo el tribunal (si es colegiado), debe ser empleada de manera pronominal con la preposición a por delante; mientras que cuando se refiera a «avocar», será sin proposición y se entenderá como reclamar la causa o «Atraer o llamar a sí un juez o tribunal superior, sin que medie apelación, la causa que se estaba litigando debía litigarse ante otro inferior», ya que se trata de un sustantivo, que puede ser usado pasivamente con se, (ej. se avocaron, lo que es igual a fueron avocadas). Por lo tanto, se puede decir que un tribunal avoca una causa para abocarse a la misma».
4.- Llegamos al 2016. El Doctor Eric Brown, Vicerrector Decano del Núcleo Universitario «Rafael Rangel» anuncia que dejaría el cargo, razones que señaló públicamente, el 31 de mayo del 2016. Fue electo por la Asamblea de Núcleo (Asamblea de Facultad, Ley de Universidades) para el período 2008-2011 (tres años). Recordemos que la sentencia de la Sala Electoral retenía a las autoridades temporariamente para que se elaborara el nuevo reglamento electoral y se convocara a elecciones.
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