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Publicado en: Venezuela, Política
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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia exigió a la Asamblea Nacional realizar el acto parlamentario formal de desincorporación de los diputados de Amazonas Nirma Guarulla, Julio Haron Ygarza y Romel Guzamana “por imperativo de los principios de paralelismo de las formas, legalidad, seguridad jurídica y supremacía constitucional”, esto luego que los mismos diputados solicitaran su desincorporación, la cual no ha sido aprobada o rechazada por el parlamento.
Esta decisión del TSJ reitera que todas las sentencias dictadas por la Sala Electoral y por la Sala Constitucional, “en relación con los actos de carácter constitucional, legislativo o administrativo emanados de la Asamblea Nacional, que han sido ilegítimamente aprobados o sancionados por la misma durante el desacato que aún persiste” se mantienen en plena vigencia, legitimidad y validez debido a que estas acciones fueron tomadas “bajo una conformación inconstitucional del Parlamento, en franca desobediencia a este Poder Judicial”.
Además, la sentencia aclara que los actos de la Asamblea Nacional viciados de nulidad no pueden servir de sustento a actos subsiguientes, aun cuando cesare el referido desacato. Ante esto, “el Parlamento deberá omitirlos y reiniciar, de ser el caso, los procesos de formación de los actos que formen parte del ejercicio de sus atribuciones constitucionales”, señala el texto.
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