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El Ministerio de Agricultura Urbana realizará las evaluaciones de los espacios públicos, terrenos estadales, baldíos, municipales, tierras y demás zonas que se encuentren libres o abandonadas para ser aprovechados para el cultivo y producción de alimentos.
A cultivar en jardines. En Gaceta Oficial la presidencia de la República ordena la intervención de terrenos para la siembra de rubros agrícolas. “Se declara afectos al desarrollo de la agricultura urbana, los espacios públicos ubicados en los centros urbanos, que se encuentren libres, ociosos o abandonados, para que sean aprovechados para el cultivo y producción de alimentos”, precisa el documento número 41.014.
La disposición oficial señala que el Ministerio de Agricultura Urbana realizará las evaluaciones de los espacios públicos, terrenos estadales, baldíos, municipales, tierras y demás zonas con vocación y capacidad agrícola, ubicadas en áreas urbanas y jardines, recreacionales cuando haya más de una zona en el sector.
El despacho deberá suministrar la información levantada a través de censo agrícola urbano en la que se detalla productores, datos personales, productos necesarios para desarrollar la actividad, procesos y metodologías de ejecución, modalidad de siembra, cosecha y cualquier dato necesarios al Instituto Nacional de Tierras para incorporarlo al registro de tierras.
Fuente: La Verdad
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