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Primicias24.com – El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en Sala Constitucional, declaró su competencia ante la acción ejercida por el Procurador General de la República (E), Reinaldo Muñoz, donde solicita al máximo tribunal previsiones para evitar actuaciones de la Asamblea Nacional (AN) en contra de la Constitución.
En este sentido, la Sala ordenó a la AN abstenerse de continuar el “juicio político” o cualquier otro acto “inconstitucional”.
De esta manera reiteró, la sentencia n.° 808, del 02 de septiembre de 2016, en el sentido de que: “…resultan manifiestamente inconstitucionales y, por ende, absolutamente nulos y carentes de toda vigencia y eficacia jurídica, los actos emanados de la Asamblea Nacional, incluyendo las leyes que sean sancionadas, mientras se mantenga el desacato a la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia”.
En consecuencia, la decisión prohíbe convocar y realizar actos que “alteren el orden público”, realizar “instigaciones contra autoridades y Poderes Públicos”, así como otras actuaciones violatorias de los derechos constitucionales y del orden jurídico en general.
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