TSJ prohíbe convocar y realizar actos que alteren el orden público

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ND / 15 nov 2016.- La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia presentó este martes una sentencia donde prohíbe convocar y realizar actos que alteren el orden público, instigaciones contra autoridades y Poderes Públicos. Esta decisión del Máximo Tribunal, también rechaza aquellas actuaciones al margen de los derechos constitucionales y del orden jurídico.

El TSJ ordenó la publicación integra del fallo en Gaceta Oficial y Gaceta Judicial.

Por otro lado, este martes también la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se declaró competente para conocer la acción ejercida por el Procurador General de la República (E), Dr. Reinaldo Muñoz, donde solicita al TSJ previsiones para evitar actuaciones de la Asamblea Nacional en contra de la Constitución.

La Sala ordenó a diputadas y diputados de la Asamblea Nacional abstenerse de continuar “el inconstitucional, nulo e inexistente juicio político” en contra del Presidente de la República, Nicolás Maduro, así como evitar dictar cualquier tipo de acto, sea en forma de acuerdo o de cualquier otro tipo, que se encuentre al margen de sus competencias y, en fin, fuera de lo previsto en la Constitución.

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Etiquetas: actos | alteren | orden publico | prohibe | realizar | TSJ


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