Bharara sobre caso Flores: que el crimen no se consumara no les exculpa de un delito federal

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La defensa de los sobrinos de la pareja presidencial de Venezuela solicitó la reconsideración de la Corte en cuanto a la jurisdicción federal del caso, alegando que los acusados no tenían la habilidad para cometer el crimen que les imputan. El fiscal Preet Bharara respondió este sábado 12 de noviembre. Será el juez Paul A Crotty quien tenga la última palabra

Los sobrinos de Cilia Flores enfrentan juicio por narcotráfico en Estados Unidos | Foto: Archivo

Por: Fiorella Perfetto | El Pitazo – Distrito Capital

El pasado 7 de noviembre, la defensa de Franqui Flores y Efraín Campo propuso a la corte del Distrito Sur de Nueva York considerar la propuesta de “fabricación de una jurisdicción” por parte del Gobierno de EEUU, basada en la “capacidad del acusado de cometer el delito imputado”.

La solicitud pretende usar este argumento para sostener la hipótesis original de la defensa que afirma que los acusados fueron guiados hacia la comisión de un delito criminal con jurisdicción federal en EEUU. “La Corte resolvió apropiadamente que lo importante es si cada acusado se unió a la conspiración y no si el Gobierno fabricó una jurisdicción. La instrucción de jurisdicción de fabricación solicitada por los demandados es innecesaria y jurídicamente errónea”, dice el texto firmado por Bharara.

Este concepto de “jurisdicción manufacturada” podría ser aplicado si ocurre alguna de estas tres teorías: (i) que el acusado fue atrapado cometiendo un delito federal pero no tenía una intención de cometerlo, (ii) que se violaron los derechos legales del acusado debido a que las acciones del Gobierno para inducir al acusado a cometer el delito federal eran escandalosas o (iii) un elemento de la ley federal no ha sido probado, por lo que los tribunales federales no tienen jurisdicción sobre el crimen”.

La tercera teoría es a la que apela la defensa, esa que hace énfasis en un mal manejo del caso por parte del Gobierno en este particular y en que la Fiscalía no ha sido eficiente en probar todos los elementos que hagan de este crimen un delito federal.

Bharara contestó en un documento de unas 10 páginas al nuevo requerimiento de la defensa. “Aun si el Gobierno inicia un elemento esencial de un crimen, no existe tal fabricación de una jurisdicción si el acusado toma acciones voluntarias que le implican”. Y cita una jurisprudencia que se ajusta al caso de los sobrinos Flores.

El Fiscal trajo a colación un caso en el cual la DEA habría iniciado una transacción en la que los acusados proporcionarían armas para ser utilizadas contra los estadounidenses. Esos acusados aceptaron voluntariamente participar en esa conspiración para adquirir y vender estas armas a quienes creían eran individuos integrantes de una organización terrorista con el conocimiento de que las armas se utilizarían para matar a los estadounidenses. Es decir, fue una “acción voluntaria” de los demandados después de que la DEA propusiera la transacción. Se trató de hechos similares a lo ocurrido en el caso de los sobrinos Flores, según la respuesta de la parte acusadora. “En esta oportunidad la Corte del Segundo Distrito negó la solicitud de una fabricación de jurisdicción, tal y como debe decidir sobre este particular solicitado por la defensa de Efraín Campo y Franqui Flores”, dice el texto.

Así, el Gobierno “se opone a la propuesta de instrucción al jurado con relación a la capacidad de los acusados para cometer el crimen encargado” y seguidamente solicitó al Tribunal que instruya al jurado para que conozca que la imposibilidad de realizar un crimen en el cual se decidió participar voluntariamente no es una defensa”.

Bharara recordó además que durante la selección del jurado, la Corte instruyó adecuadamente al jurado en el sentido de que los acusados y sus co-conspiradores no necesitan tener la capacidad de lograr el objetivo de la conspiración en el momento en que se hace el acuerdo. En cambio, sólo se necesita demostrar que estuvieron conscientes de su participación y asumieron de forma voluntaria entrar en el acuerdo.

“Los acusados son libres de argumentar que su supuesta falta de capacidad para cometer el delito sugiere que no tenían la intención de unirse a la conspiración acusada, pero no por ello tienen derecho a que este argumento sea presentado al jurado por esta Corte, ya que participaron de forma voluntaria en la comisión del crimen y una vez este se cristalizó, la ley de conspiración permite que el gobierno reaccione en consecuencia”.

A partir de esta respuesta la Fiscalía realizó una solicitud suplementaria: instruir al jurado para que comprenda que “una imposibilidad de acción o factual no es una defensa”.

“No es una defensa a una acusación de conspiración el que el objeto de la conspiración no se pudiera lograr debido a las circunstancias que los conspiradores no conocían. Por lo tanto, usted (el jurado) puede encontrar a los acusados culpables de conspiración a pesar de que fuera imposible para ellos llevar a cabo su plan con éxito”.

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